CASO KORRUPCIÓN MAYÚSCULA
En el eje de toda la Korrupción siempre está el señor Julio De Vido. El mismo que impuso al país una política energética que desde tiempos de Menem era de autoabastecimiento y exportación a otra de importación masiva de todas las energías a un costo de más de 13 mil millones de dólares anuales.
Así ocurrió con los secretarios de Transporte y así ocurre ahora con el señor Fariña. Y no es para menos. El Ministerio de Planificación se encargó de toda la obra pública en casi todo el país, mediante fondos fiduciarios en los que personas de confianza de De Vido han administrado. Ya desde tiempos de Néstor, la “comisión” sobre los fondos aportados por la Nación a las obras públicas fue creciendo del módico 10% de “mordida”, “coima”, “tajada”, etcétera a casi el 30% según lo que se comenta en voz baja en el silenciado mundo empresario.
Pero, también, el señor De Vido ha diseñado programas de vivienda social mediante los cuales el dinero salía pero retornaba aún más que la “comisión, mordida, coima, tajada, etcétera”. El caso de la Fundación Madres de Plaza de Mayo es paradigmático. Es el que saltó por alguna pelea interna, como el de Fariña pudo haber saltado hace 18 meses por alguna pelea interna.
El “monje negro” de la economía de la corrupción en más de 10 años de permanencia en el cargo, fracasado en todos sus propósitos, se mantiene. ¿Por qué? Porque el propósito principal del Ministro, es el sakeo de las cuentas públicas para la gestión K. Este modo de gestionar requiere muchísimo dinero, porque debe “comprar” a medio mundo: legisladores, jueces, funcionarios, punteros, dirigentes, intendentes, gobernadores. Ciertamente, se aplica el tradicional “uno pa´vos, otro pa´mi” y así se fueron, además de gobernar “comprando”, enriqueciendo.
¿De qué se trata lo del señor Fariña? Está por verse. Para empezar, te decíamos en NdF que la cámara oculta sin intervención judicial, no tiene valor de prueba. El juez rechaza una prueba que no es prueba y nada ha pasado aquí. Pero el señor Fariña ha salido con un argumento creativo pero, al mismo tiempo desconcertante: Le dio a Lanata lo que Lanata quería. Una especie de “jodita para Tinelli”. Si esto fuera así, debemos suponer entonces que el señor Fariña fue parte de una “cama” al señor Lanata y podemos suponer de dónde proviene: del corazón del núKleo kirchnerista. Y así como creemos que los Kirchner han sido hasta ahora los más audaces de todos los gobiernos desde la democracia en esto del toma y daca de los fondos públicos, también podemos creer que han destinado tiempo, energía y pensamiento para una operación de ese tipo.
Pero lo desconcertante es que el señor Fariña declaró públicamente que no fue una “cámara oculta”, con lo que él sabía que lo estaban filmando y, en todo caso, él debería explicarle a un Juez que sus dichos frente a cámara no eran ciertos.
Podría estar ocurriendo, contrariamente, que el señor Fariña hace un año se sentía amenazado –cosa que confirma su expresión en el programa de Fantino- y que haya tenido éxito su estrategia de sobre exposición pública, casamiento con la Jelinec incluido. ¿En qué consistiría ese éxito? En que haya recibido, finalmente, el llamado de parte de “alguien”, de “él”, estableciendo una tregua, una impasse en aquella amenaza. Ciertamente Fariña tiene más para temer de “él” que de la Justicia Federal argentina, un escudo blindado para los funcionarios que la reforma judicial en curso en el Congreso pretende transformar en un escudo de por vida, aún cuando deban irse.
La acción judicial está verde y depende de la iniciativa privada, ya que el Ministerio Público que pagamos todos los argentinos y que dirige la militante kirchnerista Gils Carbó, no ha movido un fiscal por el caso. Seguramente, decíamos en NdF, no ocurrirá. Lo que suma otro botón de muestra de que la Gils Carbó, votada por radicales y socialistas, vino a “kirchnerizar” a la fiscalía y al Poder Judicial. Con oposición, así, ¿quién dice que tiene trabas para gobernar?.
Ciertamente los argentinos no kirchneristas tenemos la presunción –no de ahora- del enorme sakeo a las cuentas del Estado argentino. Lo de Fariña es más posible que sea real, pero están cubiertos a la hora de la instancia judicial, tanto por la prueba presentada hasta ahora como por la inclinación de la Justicia Federal a contener los embates contra los funcionarios públicos, sobre todo en materia de corrupción. Material para iniciar una causa hay de sobra si algún Juez Federal quisiera: con empezar a preguntar por el origen del dinero, ya está. Venga Fariña, usted puso 250 mil dólares, cash, para una Ferrari. Señor Juez, ese dinero me lo dieron, vió. Señor Fariña, ¿quién se lo dio? Señor Juez, no le puedo decir porque la compré por encargo. Señor Fariña, usted está ante un Juez y le ordeno decir quién le dio el dinero y porqué. Y así. Las normas sobre lavado de dinero permitirían un diálogo así…¡si algún Juez se atreve!
Con esto finalizo: la Justicia Federal se ha convertido en Argentina en la parte del Poder Judicial que protege, ampara y resguarda a la corrupción en el Estado argentino. Son escasos los fallos contra funcionarios y las más de las veces, son pichis los que han caído, como María Julia Alsogaray. Donde la Justicia Federal Argentino no puede dar impunidad, ofrece paraguas hasta que te vayas del mundo, como es el caso Menem. No actuará distinto en esta oportunidad. Son muy solventes estos jueces: deben saber el doble que un juez común para poder actuar en contra de sus responsabilidades juramentadas.

Declaración del Consejo Directivo de la Facultad de Derecho a raíz de los proyectos sobre Reforma Judicial ingresados en el Senado de la Nación
A raíz de los proyectos sobre Reforma Judicial ingresados en el Senado de la Nación, el Consejo Directivo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires expresa:
La Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, por mandato estatutario, es un espacio en el que se debate sobre las instituciones estatales, con miras a garantizar la plena vigencia del estado de derecho y los derechos humanos. Afirmamos la necesidad de reflexionar acerca del Poder Judicial, y llamamos a la sociedad y a los legisladores a un debate robusto, vigoroso y desinhibido.
Los proyectos presentados contienen elementos preocupantes, que es importante debatir.
La idea general del proyecto sobre medidas cautelares apunta más a custodiar los intereses del Estado que a tutelar los derechos de las personas. No asume una perspectiva de derechos humanos, que hoy es esencial para toda legislación democrática y, por ello, desconoce las obligaciones contraídas en virtud de tratados de derechos humanos con rango constitucional.
En caso de conflicto entre los derechos humanos y razones basadas en el interés general o el bien común, la perspectiva de derechos humanos afirma la preeminencia de los derechos, también lo hace la Constitución Nacional. El proyecto asume la visión contraria, que no es novedosa: hace prevalecer el llamado interés general (que usualmente coincide con los intereses del partido de gobierno).
Ataca los síntomas de un problema real, pero no las causas. Las medidas cautelares hoy se extienden excesivamente porque los procesos judiciales son demasiado largos, lo que conlleva una masiva denegación de justicia, que generalmente perjudica a las personas y grupos más vulnerables. Es urgente abrir una reflexión sobre cómo agilizar estos procedimientos y cómo brindar soluciones justas a los problemas de la ciudadanía.
El proyecto perjudica a los ciudadanos cuyos derechos han sido violados por el Estado, al establecer un plazo máximo de seis meses (prorrogable por otros seis) cuando los procedimientos judiciales duran en general varios años. El problema es que la idea misma de las medidas cautelares es que duren mientras dure el proceso, si no, no tienen sentido.
El texto del artículo 9 es particularmente preocupante, en tanto establece que “Los jueces no podrán dictar ninguna medida cautelar que afecte, obstaculice, comprometa, distraiga de su destino o de cualquier forma perturbe los bienes o recursos propios del Estado, ni imponer a los funcionarios cargas personales pecuniarias”. Resulta difícil imaginar una medida cautelar que ordene salvaguardar un derecho humano de los ciudadanos, que en muchos casos implica la provisión de servicios, que no requiera afectar en manera alguna los recursos del Estado.
Por su parte, el proyecto sobre el Consejo de la Magistratura remueve la necesidad de mayorías agravadas para ciertas decisiones relevantes. A partir de la reforma, todas las decisiones podrían ser adoptadas por mayorías absolutas, esto es, por la mitad más uno de los votos. Esto implica avasallar la pluralidad de voces del órgano.
La exigencia de mayorías agravadas (2/3, por ejemplo) incentiva la búsqueda de acuerdos. El compromiso con la democratización no puede reducirse a un sistema electoral. La democracia es centralmente también diálogo, consenso y compromiso. Con este proyecto se erradica toda semilla de consenso en el gobierno del Poder Judicial.
Esto se agrava dado que la fuerza que obtenga la mayor cantidad de votos en las elecciones directas de consejeros obtendrá automáticamente la mayoría absoluta en el Consejo.
El artículo 114 de la Constitución Nacional es susceptible de interpretación sin embargo, tal interpretación encuentra límites que no incluyen una reforma constitucional por esta vía.
El establecimiento de nuevas cámaras de casación extiende los procedimientos judiciales, dificultando el acceso a la justicia de los ciudadanos.
Esto resulta contradictorio con los fundamentos expuestos en el proyecto sobre medidas cautelares donde se observa que los procedimientos duran demasiado.
Igualmente contradictorio con el afán de asegurar un amplio acceso de asuntos y sujetos a la justicia, y una tutela oportuna de los derechos de las personas, es la distracción de recursos indispensables para satisfacer necesidades largamente conocidas y reiteradamente expresadas de creación de más unidades que aseguren inmediatez del juez y las partes y celeridad en las resoluciones.
Nuestro conocimiento sobre la organización y las estructuras judiciales promueve formas horizontales que sólo diferencian los roles que resultan de la satisfacción de la garantía de doble instancia plena.
Advertimos con preocupación la creación de nuevas instancias que facilitan la injerencia de otros poderes sobre las decisiones de aquellos que circunstancialmente quedan sometidos a su arbitrio durante la tramitación de sus concursos.
Por ello, la Facultad se propone como ámbito del debate y convoca a los aportes y contribuciones de toda la comunidad académica.

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