HOY: Cambio climático, ¿culpa o natural? / EDITORIAL DE NdF: el asalto final a la toma de todo el poder / LA REFORMA JUDICIAL en palabras de un joven estudiante de derecho / PÁRRAFOS extraídos sobre la situación / INUNDACIÓN EN LA PLATA: denuncia de Verbitsky sobre el juez del conteo de los muertos / AL FINAL: qué son más convenientes, ¿padres homosexuales o heterosexuales? Polémica investigación
CAMBIO CLIMÁTICO. EL debate de fondo en pocas líneas
¿Se frenó el calentamiento global?
por Laura Rocha
 Después de un tiempo de no debatir sobre cambio climático, varios mails que he recibido por parte de ustedes, me obligan a retomar el tema en tono de polémica. Es que mientras ayer culminó una nueva cumbre regional de América latina y el Caribe en la que se debatieron las políticas a seguir para la adaptación, las advertencias y críticas de los escépticos de la teoría global empiezan a encontrar lugar en los principales medios del mundo.
Ayer, en Guayaquil, donde los países americanos buscan una postura común hacia la cumbre de fin de año, Daniel Ortega, coordinador de Derechos y Garantías de la Cancillería ecuatoriana, señaló: “Hemos sido testigos de cómo el cambio climático a través de las lluvias fuertes e intensas ha impactado a la ciudad del país que mayor infraestructura se suponía tenía. Es el lugar pertinente para reconocer que la región enfrenta estos riesgos en todos estos países”.
Sostuvo que el cambio climático puede costar el 1% del Producto Interno Bruto de toda la riqueza que genera el país de aquí hasta el 2100. “En países con crecimiento acelerado como la región latinoamericana entre el 6% y el 8%, ese 1% equivale a lo mismo que estamos invirtiendo en ciencia y tecnología o el presupuesto de los ministerios del Ambiente”, aseguró.
Mientras tanto, a dos días de celebrarse el Día Internacional de la Tierra, varios medios internacionales, entre ellos The Spectator, comenzó a difundir una de las ideas fundamentales de que el calentamiento global del planeta se paró en 1998 o al menos es menor de lo que se preveía. E incluso dejan entrever que, en algunos casos podría ser beneficioso, para algunos cultivos.
Los escépticos del cambio climático les gustan enfatizar que las fluctuaciones de corto plazo en las temperaturas globales (líneas azules) e ignorar la tendencia a largo plazo del clima (línea roja). La tendencia de la temperatura de la superficie mundial de enero de 1970 hasta noviembre de 2012 (línea roja) es + 0,16 ° C por década.
Según los escépticos del cambio climático antropogénico, las correcciones de las variaciones naturales en la temperatura debidas a los efectos de El Niño-La Niña, actividad volcánica, los efectos del sol, etc., mostrarían que el calentamiento global se ha parado en los últimos años.
Lo bueno de todo esto es que empieza a irse la modorra y vuelve la discusión a la escena.
Esta entrada fue publicada en Cambio climático por Laura Rocha, y etiquetada como cambio climático, cop, escépticos.
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Básicamente, la democracia es la forma de elegir a las autoridades de, al menos, dos de los tres poderes del Estado. La República, por su parte, es la forma trinitaria de organización del Estado, con tres poderes en un mismo concepto. La separación de funciones de los 3 poderes está establecida en la Constitución Nacional, donde se reserva un espacio de independencia mayor para el Poder Judicial en resguardo de la constitución de tiranías o, un grado más abajo, de autoritarismos.
¿Cómo se expresa el autoritarismo? Precisamente como lo estamos viviendo en Argentina y donde Venezuela nos lleva la delantera: la supresión de la opinión diferente, la persecución de quienes opinan y se expresan contrariamente a quien detenta el poder.  El uso del Poder Judicial en favor del gobernante para convalidar los actos del Gobierno, cualesquiera fueran ellos. Es este el camino que estamos recorriendo, aunque debemos recordar que siendo Presidente Provisional Eduardo Duhalde y presionado por los cacerolazos por la extensión del corralito a un gran corralón, desgranó en público que “la Corte Suprema tenía la función de convalidar los actos de Gobierno”. Parece que ponerse la banda de Presidente de la Nación borra el disco duro de los abogados en ese puesto.
Y recorremos el camino de la mano de una ideología marxista la que se expresa como “científicamente” acertada por lo que no admite contradicción, a pesar de ser la misma uno de los elementos núcleos de la “tésis-antítesis-síntesis”. El marxismo es la síntesis que ya no admite más contradicciones salvo las de baja graduación en la vida diaria de los seres humanos concretos que no admiten el peso de aquella verdad e insisten en ejercer su libertad de opinar, expresarse y actuar.
Esta ideología es la de mayor cantidad de encarcelados, perseguidos y asesinados de todas las ideologías que hemos experimentado. Aún mayor que la del nazi criminal Adolf Hitler. Ciertamente exorbitantemente mayor que cualquiera de las tiranías que las izquierdas estigmatizan, como la franquista o la videlista en argentina.
Aquella ideología establece que la “vanguardia” es la porción iluminada de la sociedad que acelerará los tiempos inevitables de la primacía del trabajador sobre la burguesía. Como las leyes de la historia según Marx están ya determinadas –y en conocimiento de sus seguidores-, ¿por qué no alivianar el sufrimiento de las clases desapoderadas, esquilmadas, explotadas, salvándolas aquí y ahora? De esto deviene que cualquier forma es válida y moral: la lucha armada, la explosión de bombas, el secuestro, no son más que “herramientas” de un devenir pleno, justo, equitativo del nuevo hombre despojado de cualquier esclavitud y servilismo, a excepción hecha de la “comunidad” que expresa el partido y el estado.
En Argentina, la Presidente y su núcleo duro practican esta ideología o, al menos, sus instrumentos prácticos. Es así que se intenta reformar a la Constitución Nacional a través de leyes bajo un argumento falso como es que tienen la mayoría popular y todo debe subordinarse a esto.
El movimiento constitucional mundial tendió a crear y consolidar a los estados pero preservando a sus habitantes de los poderes de los que mandan, sean monarcas, sean dictaduras, sean lo que sean. El socialismo marxista, por el contrario, le dio otro rol a las constituciones, como es la supremacía del partido y del estado sobre los individuos, estableciendo que la “comunidad” está por encima y lo que la “comunidad” debe ser es una cuestión del partido, el estado y la ideología, única por cierto, como establecen casi todas las constituciones de este cuño.
Así Verbitsky, Kunkel, Diana Conti, Abal Medina, con un pasado basado en esta ideología y en esta práctica, como que han militado en el terrorismo nacional e internacional en Argentina, aplican iguales conceptos ahora que tienen poder. Y si utilizaron los conceptos republicanos y democráticos de nuestra Constitución liberal, ha sido para lo toma del poder, primero, y su transformación en otra cosa, después. Y en esto, todo vale. Y si no se puede por aquí, lo intentan por allá. Se prepotea, amenaza, despodera. Se usan los recursos del Estado para presionar a empresarios, dirigentes. Se utiliza la mayoría para sustituir el orden constitucional y legal existente por uno revolucionario, donde la voluntad de la líder es lo que cuenta.  Habiendo ganado, se imponen al punto de querer cambiar la cerradura y tirar la llave para que no pueda haber recambio alguno en el futuro.
Cuentan para ello con la “solidaridad revolucionaria” de los Ortega, Correa, Morales, Chávez. De Irán y Vietnam del Norte.  Cuentan con el apoyo del señor Insulza, Secretario General de la Organización de Estados Americanos, tan light a la hora de los empujones de izquierda y tan duro a la hora que los gobiernos de derecha logran imponerse en base a  sus constituciones nacionales.
En Argentina, cuentan con el apoyo de clases enteras “asociadas” desde la pobreza con planes administrados con total perversidad para el encadenamiento, la entrega del DNI a terceros para que voten por ellos; la sujeción de sus vidas a un “algo” llamado “plan” que los mantiene fuera del debate institucional, secuestrados de opinar o intentar opinar. Lo que termina haciendo de los pobres solamente una “herramienta” del poder antes que una auténtica preocupación por la situación real que viven y de la que el Estado debiera aplicarse a su superación.
Una vez triunfantes, obrarán sobre ellos como una masa imposible de identificar individualmente, ya que controvertirá a la ideología, al “sistema” y habrá penas y condenas para tamaños desafiantes del “régimen”. Y si no es el “psiquiátrico” como en la Rusia o China altri tempi, será la inspección de la AFIP, la toma de la fábrica, las trabas para el ejercicio del comercio.
En tiempos en que tantos creían que las “ideologías habían muerto”, la ideología concreta que explica las acciones y deceisiones de la Presidente no es ni más ni menos que la marxista de los revolucionarios de los 70s. Para ello cuenta con ex militantes de la época, la movilización de la izquierda revolucionaria y los amigos de otros países similares.
Tantas veces y desde hace ya varios años, te decimos que no son improvisados ni actúan espontáneamente. Tienen propósitos y cada situación es aprovechada para dar un paso más hacia ellos. Desacredita a cualquier analista político o económico seguir sosteniendo que “son unos improvisados”. Es un error de fondo.
En el caso de las reformas en curso legislativo, es en términos de box, un cross, es decir, un golpe directo al mentón. Es doble, cuando lo realiza con ambas manos. Y las reformas es esto, un doble cross: uno contra la independencia en la autonomía de los jueces y, el otro, imposibilitando la presentación de medidas cautelares para evitar que se suspenda las inconstitucionales normas. Cuando la Corte logre hacerlo, el daño estará hecho. Salvo per-saltum.
¿Qué podemos hacer? Por ahora movilizarte cada vez que se te pida. Dejando toda comodidad de lado: vivir en lo que te describimos será más arduo y más incómodo que concurrir entre 3 y 4 horas a una marcha. Proponete ir a la que citan para el miércoles, cuando el Congreso votará las leyes que –de no ser declaradas inconstitucionales- habrán cambiado al país institucional sin haber tocado a la Constitución Nacional.
REFORMA REVOLUCIONARIA. Un joven estudiante de derecho compartió en su Facebook lo que sigue, que compartimos plenamente. Lo que nos debe quedar en claro es el doble cross que propinaría a la institucionalidad del país la aprobación de los proyectos de reforma del Consejo de la Magistratura y la eliminación de las cautelares. Primera consecuencia: que aprobadas, el Poder Ejecutivo se lance a aplicarla. Las presentaciones judiciales por inconstitucionalidad que se presenten no gozarían ya de la posibilidad de cautelar. Así, la declaración de inconstitucionalidad llegaría ya avanzado un proceso de eliminación de jueces, de nombramiento de militantes en puestos de jueces y el funcionamiento de la cuarta instancia de la que trata el articulista. Preveemos que se ponga en funcionamiento el per saltum como única posibilidad de resguardar a la Constitución
De la administración de justicia
por Marcos Roca (Notas) el domingo, 21 de abril de 2013 a la(s) 17:52
Estuve estudiando los proyectos de reforma del Poder Judicial y, ya que todos opinan sobre el tema, yo también me puse a escribir. Quedó un poco largo, disculpas por eso. Los comentarios y las críticas siempre son bienvenidos.
El sistema argentino de administración de justicia toma como ejemplo, como la gran mayoría de la Constitución, a los Estados Unidos. El Federalista, la revista publicada por Hamilton, Madison y Jay para explicar las razones por las que entendían que la Constitución estadounidense debía ser como fue, toca el tema del Department of the Judiciary en su edición n° 78, de mayo de 1788, en la pluma Publius, seudónimo de Hamilton, y aclara que el Poder Judicial es el más débil de los Poderes, pues difícilmente puede entorpecer el accionar de los otros dos, por lo que debe hacerse todo lo posible para protegerlo. Además, y en respuesta al crítico Brutus (Robert Yates, editor del Antifederalista), ve al control judicial de constitucionalidad como un mecanismo válido para frenar eventuales excesos por parte del Poder Legislativo –mucho más fuerte, en los Estados Unidos, que en la Argentina–.
Viene a cuento el dato porque, en lo que hace al sistema de justicia argentino, Alberdi se limitó a copiar la parte pertinente de la Constitución estadounidense. Tanto allá como acá hasta 1994, los jueces federales eran propuestos por el Presidente, quien lo sometía a acuerdo del Senado. Era necesariamente un sistema político-partidario.
El Consejo de la Magistratura fue incorporado en la reforma constitucional de 1994 como un mecanismo para frenar las barbaridades que se venían cometiendo bajo el régimen anterior, barbaridades por cierto que no ocurrieron en los Estados Unidos, donde mal que mal siempre –incluso hoy– pesa más el prestigio académico que la militancia partidaria. En la Argentina originalmente se respetó el mismo criterio. La primera integración de la Corte Suprema de Justicia (1862), durante la presidencia de Mitre, incluyó a notorios opositores al gobierno, como Francisco de las Carreras y Salvador María del Carril. Mitre aclaró en su momento que las designaciones de opositores eran necesarias, pues ningún oficialista sería capaz de controlar los actos emanados de su gestión. Lamentablemente los gobiernos que siguieron al de Mitre no siempre tuvieron el mismo espíritu democrático.
Si se parte de la base de que el Poder Judicial es un Poder del Estado y, en consecuencia, hace política (al respecto, leer al juez Carlos Fayt: en sus libros aclara que el Poder Judicial también gobierna la Nación), no puede decirse que los jueces sean capaces de abstraerse de todas las cuestiones que los rodean. Ello, además, porque son seres humanos, con sus creencias, su ideología y sus circunstancias. A lo que se apunta con independencia del Poder Judicial es a que el juez no reciba coacción directa para resolver de determinado modo en una cuestión. La intangibilidad de los salarios es un mecanismo para preservar al juez de esa presión. Esa intangibilidad fue en ocasiones manoseada: en épocas de inflación no se otorgaban aumentos al Poder Judicial para que los jueces renunciaran. Puede pensarse lo mismo del proyecto de reforma del Consejo de la Magistratura, pues pone en manos de un órgano político-partidario –el Consejo, tras la reforma– la política salarial del Poder Judicial.
Sobre las presiones de privados al Poder Judicial –tema candente en estos días–, el Código Penal prevé los delitos de cohecho (soborno) e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por lo que bien se puede –y se debe– destituir al juez en caso de comprobarlo. El problema aquí es que esa destitución, con el nuevo proyecto de Consejo de la Magistratura,  puede ser decidida por mayoría simple (mitad más uno) de los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, órgano del CM, en lugar de mayoría absoluta (dos tercios). La mayoría simple coincide con la cantidad de miembros que, siguiendo patrones lógicos, obtendría el partido más votado en las elecciones a consejeros. El mecanismo constituye coacción directa sobre los jueces: si no resuelven como quiere el partido más fuerte, se los destituye.
Una causa judicial tiene mecanismos de revisión de lo resuelto por parte de órganos superiores, llamados recursos. Un fallo de primera instancia puede ser recurrido mediante apelación ante la Cámara y éste, mediante recurso extraordinario, según el caso ante el superior tribunal provincial o ante la Corte Suprema. Los fallos de los superiores tribunales de provincia pueden ser recurridos, mediante extraordinario, ante la CSJ. El mecanismo es una garantía del ciudadano de obtener la revisión del fallo y los pactos internacionales de derechos humanos ratificados por la Argentina (arts. 8.2 Convención Americana de DD.HH, 14.1 del Pacto Int. de Derechos Civiles y Políticos, etc.) han consagrado que esa revisión debe ser lo más amplia posible, debiendo detenerse apenas en el principio de inmediación –lo que el juez vio durante las audiencias es irreproducible– (CSJ, fallo “Casal”; Corte Interamericana, fallo “Herrera Ulloa”), aunque en la actualidad incluso eso es revisable pues las audiencias en muchos casos son grabadas en video.
El derecho a la revisión del fallo debe ser aplicado jugando en simultáneo con el derecho de toda persona a obtener un pronunciamiento jurisdiccional firme que acabe con la cuestión dentro de un plazo razonable (ver también CADH, PIDCyP, etc.). El plazo razonable se encuentra previsto en todas las legislaciones procesales del país pero es constantemente ignorado, lo cual ha motivado serios apercibimientos por parte de la Corte Interamericana (fallo “Suárez Rosero”) y la Suprema argentina (fallo “Mattei”). Se destaca que en pronunciamiento reciente –26/06/2012– la CSJ amplió el principio del plazo razonable, siguiendo los lineamientos de la Corte IDH en “Suárez Rosero”, a todo los procesos y procedimientos, incluidos los que lleva a cabo la Administración en el ámbito de su competencia (“Losicer c/Banco Central”). La importancia es trascendental: no se puede plantear una violación de un derecho humano ante el mecanismo interamericano de protección (Comisión y Corte Interamericana de DD.HH.) sin antes agotar las instancias internas del país, y no se pueden agotar las instancias si éstas demoran décadas en pronunciarse.
La Corte Interamericana dedicó largos párrafos a la terrible lentitud del Poder Judicial argentino en el caso “Cantos”. Aplicando el principio de que “justicia tardía no es justicia”, se consideró que directamente se había denegado justicia por lo lento y caro que fue el trámite de la causa.
El plazo razonable no puede ser garantizado cuando al proceso ordinario se le incorpora una tercera instancia, las Cámaras de Casación que prevén los proyectos de reforma. La Casación es un instituto completamente ajeno a nuestro sistema constitucional, propio del sistema francés, muy distinto al argentino. La Casación francesa funciona como última instancia ordinaria en los pleitos donde no existen debates constitucionales, pues la constitucionalidad o no de una norma sólo puede ser analizada por el Tribunal Constitucional, órgano sin equivalente en Argentina/EE.UU. El que va a la Casación no puede ir después al TC. Las Casaciones fueron copiadas en España, Alemania, Colombia, Brasil y Perú, entre otros –allí se llaman Tribunal Supremo o Corte Suprema– pues esos países también tienen Tribunales Constitucionales –en Brasil usa el nombre de Supremo Tribunal Federal–. En la Argentina no tenemos Tribunal Constitucional y pretendemos que la Casación se aboque al análisis de la constitucionalidad de las normas, cuestión vedada a esos tribunales en los ordenamientos que los tienen. Constituir a la Corte Suprema argentina en Tribunal Constitucional es imposible sin que medie una reforma de la Constitución vigente, por lo que cualquier causa constitucional que conozca la Casación podrá ser luego analizada por la Corte.
Este esperpento de Casación tendrá como consecuencia una mayor lentitud en el de por sí lentísimo trámite de las causas, al incorporarse una instancia más para resolver, y un mayor costo para litigar. Cada recurso implica más dinero en abogados, que cobran por sus servicios, por ende limitando el acceso a la jurisdicción de las personas con menos recursos. A Bunge y Born no le cambia hacer tres instancias antes de llegar a la Corte; a Cachito Pérez, obrero que no cobró la indemnización, sí. Como la Casación podrá analizar constitucionalidad pero no tendrá decisión final sobre el tema –reservado a la Corte–, se podrá recurrir siempre ante la CSJ: cuatro instancias en total, o cinco en los casos que se originan en jurisdicción provincial. El objetivo de la Casación francesa, poner el punto final de las causas no constitucionales, no puede cumplirse en la Argentina.
La única manera de no limitar derechos durante el trámite de la causa sería mediante el dictado de una medida cautelar por el juez que preserve el estado actual de cosas hasta el dictado de la sentencia definitiva por el máximo órgano judicial. Pero las cautelares también serán limitadas si triunfa este proyecto. Primero, porque la propia ley prevé que no puedan concederse cautelares que afecten el interés público o el normal desarrollo de la actividad estatal. Más allá de lo vago de la definición, afectar el normal desarrollo de la actividad estatal implica denegarle una cautelar a un pobre infeliz al que se le está por venir abajo la casa porque el tunel del subte que pasa debajo está mal hecho. Tampoco puede la cautelar ser igual al objeto del juicio –si mi demanda es que me autoricen dólares, no puedo pedir que cautelarmente me los den; es el fin de las llamadas "medidas autosatisfactivas" que se agotan con el proceso y que han resultado útiles en muchos casos–. En todos los casos el recurso de apelación del Estado contra la resolución que concede la cautelar tendrá efecto suspensivo, es decir que durante la tramitación del recurso la cautelar no puede ser ejecutada. Y después del recurso de apelación, si confirman la cautelar, siempre cabe el de casación ante los tribunales nuevos. Y así se pasó el tiempo y la casa del pobre infeliz ya está bajo las vías del subte y el motivo por el que precisaba los dólares ya pasó, así que el juez ya no concede la cautelar porque devino abstracta.
Se establece un plazo máximo para la concesión de cautelares de seis meses, renovables en casos excepcionales. Si bien no está mal limitar las cautelares eternas, seis meses, dados los plazos del proceso, parece demasiado poco. La ley, encima, empeora los plazos: de la medida cautelar solicitada se debe correr traslado al Estado para que informe lo que entienda pertinente. Ese informe hoy debe ser presentado dentro de las 48 horas. Con la nueva ley el plazo de presentación se amplía. O sea que ya entre la presentación, la registración en el juzgado, el traslado, la vista al Fiscal y la eventual resolución tenemos mínimo minimísimo mes y medio, tirando a dos. Quedan tres para que expire la cautelar, sin contar una eventual apelación que suspendería cualquier ejecución, y los plazos de Cámara suelen ser aún peores.
Uno cree sinceramente que el Poder Judicial y el procedimiento ante los tribunales debe ser modificado en muchísimas cosas. Pero así como está el proyecto del Gobierno, mejor no cambiar nada.
TOMADO DE LA NACION DEL FINDE
AngelikaKoertig
Este gobierno es zurdo, marxista y gramsciano. No es ni nazi, ni fascista. El diálogo y la concordia son palabras que no existen en el diccionario izquierdista. Para ejemplos: la Rusia soviética.
…No importa tanto la rendición de cuentas de la concupiscencia entre gentes procedentes de diversas filiaciones de la izquierda, como la desfachatez con la cual calificaron a los viajeros de "reaccionarios y golpistas". Cuesta entender que se atrevan a tanto personajes que dedican tiempo y recursos a celebrar acciones totalitarias que no admiten justificación alguna, desde el régimen de los Castro en Cuba hasta la teocracia brutal de los ayatollahs en Irán…
Los cómplices de la instauración del pensamiento único allí donde sus mentores alcanzan la suma del poder público no tienen autoridad para repudiar nada que se oponga a la voluntad de oprimir a quienes piensan distinto de ellos. No los hace tampoco más simpáticos el delirio, por momentos divertido, por momentos penoso, del que padecen algunas de las figuras internacionales que veneran.
Ejemplo típico de esa decadencia es Nicolás Maduro, el pobre sucesor de Chávez, con el imaginario pajarito que, tomando su cabeza por alcántara, pió desde allí las monsergas que el finado hombre fuerte de Venezuela supuestamente envía desde el otro mundo. El discípulo de Chávez siguió así hasta desde sus propias filas, con un último resto de vergüenza, le pidieron más seriedad y menos macaneo…
…De pronto, todo se menemizó, pero elevado a la enésima potencia. De confirmarse los latrocinios denunciados, más sistémicos y menos azarosos, las irregularidades de entonces serían, en su comparación, casi meras trapisondas de carteristas de colectivo…
…Son tantas las toneladas de dinero irregular que ya ni tiempo queda para contarlo y calculan su cantidad por peso…
…Ni la Corte de la "mayoría automática" del menemismo se atrevió a tanto: en las mismas horas en que el Congreso emprendía el viaje de ida hacia una Justicia esclava del Ejecutivo, la anomia, el miedo, o como se llame, inmovilizaba el tiempo necesario a los magistrados como para que todos los papeles comprometedores del Madero Center ("La Rosadita", para los amigos, la financiera del poder y hogar del vicepresidente) salieran hacia destinos inciertos. Sólo en medio de las multitudes caceroleras del jueves, se dignaron, por fin, a empezar a allanar ese enclave, mientras en Twitter ironizaban que ya estaba más limpio que un quirófano.
http://www.lanacion.com.ar/1574881-caso-baez-volvio-la-pizza-con-champan
…El Gobierno, que se enorgullecía (hasta lo de los Qom) de no tener muertos por represión, ahora los tiene por corrupción….¿Soterraron el Sarmiento? No, soterraron la discusión por el Sarmiento…Angustiada por el cambio climático, Cristina pidió urgente al Congreso que promulgue el nuevo plan hídrico nacional: ahogar a la Justicia y a Clarín….Dice el senador Mario Cimadevilla, de la UCR: "Este gobierno no va a tener que buscar más paraísos fiscales. Porque con esta nueva ley, ya tiene paraísos judiciales". Retruca la senadora del Frente para la Victoria Sandra Giménez: "Le pido al senador respeto en las palabras que se usan. Seamos respetuosos en el lenguaje" …. ¿No es insólito? El kirchnerismo te atropella y después te denuncia por abollarle el capot.
INUNDACIÓN EN LA PLATA. En su extensa editorial del domingo en Página 12, Verbitsky denuncia que el gobierno provincial habría separado con artimañas al juez que entendía en la causa de cuántos muertos hubo realmente. Reproducimos esta parte. El resto, toca muchos temas interesantes de ser leídos ya que te da comprensión de las acciones del Gobierno en su “revolución”. Un dato curioso, lo que Verbitsky denuncia no son prácticas distintas que el Gobierno Nacional realiza a través de sus abogados y la nueva Procuradora General, Gils Carbó
El sonido y la furia
Por Horacio Verbitsky
…Al mismo tiempo, en la provincia de Buenos Aires, el defensor de menores Julián Axat fue apartado de la causa en la que investigaba cómo se consignaron en documentos públicos de la morgue y del registro de las personas los muertos por el temporal en La Plata, cuyo número es más holgado del que informó el gobierno provincial.
Esta actividad de Axat y del juez en lo contencioso administrativo Luis Arias irritó al ministro de Seguridad y Justicia, alcaide mayor penitenciario Ricardo Casal, quien primero consiguió el relevo del juez y luego el de Axat, en ambos casos con argumentos leguleyos que no vale la pena describir.
Pese a que la Suprema Corte provincial había confirmado la legitimidad de la intervención de ambos, las presiones de Casal por medio de la Procuradora General María Falbo produjeron una resolución del Defensor General de La Plata, Omar Ozafrain, que desplazó al defensor de la causa.
En su lugar fue designada la asesora de incapaces Laura Ozafrain, hermana del Defensor General. Axat apeló la resolución, violatoria de su autonomía funcional, y adversa a sus estrategias que permitieron conocer la verdad de lo sucedido y la metodología fraudulenta empleada para contar los casos. La apelación fue elevada... a la Procuradora Falbo, quien no necesita consultar con Casal porque ya conoce su posición….
PADRES HOMOSEXUALES – PADRES HETEROSEXUALES. Como lo del cambio climático que presentamos al inicio de NdF de hoy, este estudio ha tenido la habilidad de reabrir el debate a partir de un relevamiento sobre miles de situaciones
Estudio en ciencias sociales aún espanta a
defensores de la homosexualidad
Por Austin Ruse
Los defensores de la homosexualidad parecen obsesionados con un estudio del área de las ciencias sociales que va en contra de ellos. Dicen que la investigación no tiene importancia, pero no pueden dejar de hablar de ella.
Hace un año, el dr. Mark Regnerus de la Universidad de Texas publicó un estudio de 15.000 personas que demuestra que los hijos prosperan más en hogares con padre y madre casados. Además, descubrió que ninguna otra estructura familiar funciona tan bien como esa y que, en cambio, a menudo les va peor.
Un tsunami de protestas y ataques personales abrumaron a Regnerus. La universidad a la que pertenece y la revista científica en la que publicó sus hallazgos examinaron la investigación y lo dejaron libre de sospechas. Incluso así, los ataques contra él y contra quienes se sirven de su investigación continúan.
La dra. Susan Yoshihara, directora de investigación de C-FAM, usó el estudio de Regnerus ante la legislatura de Rhode Island y fue atacada por revisores de hechos políticos que opinan que parte de su testimonio es falso. Yoshihara refutó la creencia popular de que no hay diferencia si un niño es criado por padres gais o biológicos. Ella dijo que tales opiniones han  sido «destrozadas por la última y mejor investigación en ciencias sociales».
Yoshihara también apuntó a un informe que desafía las declaraciones de las ciencias sociales según las cuales la orientación sexual de los padres carece de importancia. Loren Marks, de la Universidad Estatal de Luisiana, analizó 59 estudios utilizados para afirmar esto y descubrió que todos ellos son deficientes desde el punto de vista científico.
Politifact, organismo autoproclamado de control de la verdad política,  tildó de falsa la declaración de Yoshihara. No obstante, ella afirma que el artículo de Politifact en sí respaldó su tesis al mencionar a una «científica prudente» que dijo que el asunto no está resuelto en la literatura científica, lo cual Yoshihara declaró en primer lugar.
El estudio de Regnerus reapareció esta semana en las páginas del New York Times. El ex Editor Ejecutivo del periódico, Bill Keller, dijo: «El estudio fue prácticamente demolido por colegas».
Y el Huffington Post se dedicó esta semana a las actuaciones de Regnerus al informar que él había recibido entrenamiento mediático antes de que su estudio se publicara el año pasado, que recibió por él dinero de una fundación conservadora y que había hablado con agrupaciones tradicionalistas.
El mencionado sitio de noticias también señaló que Regnerus suscribió un informe de amicus curiae presentado ante la Corte Suprema de los Estados Unidos cuando esta deliberó sobre al matrimonio entre personas del mismo sexo. Calificaron que el suyo fue «poco advertido» pese a que, de aproximadamente 50 informes presentados por ambos lados, fue uno de los únicos que se analizó durante los debates orales.
Yoshihara dijo haber llevado el estudio de Regnerus ante la legislatura de Rhode Island porque, en audiencias similares celebradas el año pasado, el presidente del comité insistió en que no existía literatura «evaluada por pares» que refutara la afirmación de que «no tiene importancia». El estudio de Regnerus rebate científicamente esa noción y está evaluado por expertos, lo cual parece haber espantado al New York Times, a Politifact, al Huffington Post y a muchos otros defensores del matrimonio homosexual.
Traducido por Luciana María Palazzo de Castellano


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