SOBRE LAS PASO Y EL VOTO DEFINIDO, EL INDECISO Y EL VOTO COMPLEJO: Una alternativa para quienes creemos no tenerla. Primera entrega
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El
primer acto que deberemos cumplir de cara a las elecciones generales de octubre
de 2019, es participar de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias.
Las PASO. Esto ocurrirá el segundo domingo de agosto de 2019.
Para quienes tienen definido su voto, es un trámite más sin complejidad alguna. Lo llamo, VOTO DEFINIDO. Para quienes no tienen decidido su voto, constituye las PASO un primer momento de definiciones y, por ahora, es un INDECISO. Y, para quienes no encuentran satisfactoria la oferta electoral, las PASO constituyen la posibilidad de buscar qué combinación de partidos podrán representarlo en la elección general (la votación en serio). Lo llamo, VOTO COMPLEJO. El primero no debe pensar nada. El segundo tiene algo para pensar. Y, el tercero, va a tener que pensar y estudiar mucho.
Se impone, para la participación en la
elección general (la de en serio), que los precandidatos a senadores y diputados
nacionales, deberán estar avalados por el 2 por mil del total de inscriptos en
el padrón electoral o por un mínimo de afiliados al partido o agrupación
política, del 2 por ciento del padrón de afiliados al partido o agrupación
política.
Por
su parte, las candidaturas a presidente y vicepresidente de la Nación,
requieren avales del 1% por mil del total de inscriptos en el padrón general,
domiciliados en al menos 5 distritos o, el 1 por ciento del padrón de afiliados
del partido o sumatoria de afiliaciones de los integrantes de la agrupación
política. En el caso de alianzas, deberán establecerse en 5 distritos.
Estas
restricciones invalidan las presentaciones espontáneas. Se ha buscado limitar
el número de participantes, cosa que podremos considerar en otro post.
Vos
como ciudadano no podés avalar o afiliarte a más de un partido. Ningún afiliado
a un partido podrá avalar a más de una lista. Los precandidatos (así se los
llama en las PASO), sólo pueden serlo de un solo partido o agrupación política
y para una sola categoría de cargos electivos.
¿Quiénes
pueden votar? En la ley, se los llama electores y pueden serlo las personas que
cumplen 16 años de edad hasta el día de la elección general. Para las PASO se
utiliza el mismo padrón que para la elección general, votándose en los mismos
lugares tanto en las PASO como en la elección general, salvo circunstancia
extraordinaria.
Vos,
como elector, podés emitir 1 solo voto POR CADA CATEGORÍA de cargos a elegir,
pudiendo optar por distintas listas de diferentes agrupaciones políticas, en
tanto no votes dos candidatos distintos en la misma categoría. Este voto se anula. Lo
cierto e importante para este trabajo, es que, como en la elección general (la
que va en serio) PODÉS CORTAR BOLETA por categoría electoral.
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Los PRECANDIDATOS (estamos en las
PASO) a presidente y vicepresidente de la Nación, resultan CANDIDATOS (para la elección general, la que unge finalmente), por
el voto directo y a simple pluralidad de sufragios. Es decir, se convierte el
precandidato en candidato aquel de la lista de un partido/agrupación política que logre un
voto más que los contrincantes del mismo partido/agrupación política. Esto es
una elección DENTRO DEL PROPIO PARTIDO/AGRUPACIÓN y no debés
confundirla con la elección general: estás eligiendo a quiénes querés de candidatos
a la presidencia y vicepresidencia. Luego, en la elección general, ratificarás
-o no- el voto hacia la fórmula consagrada en las PASO. Se trata de una INTERNA partidaria. El hecho de que los medios salten
directamente sobre quién recibió más votos, si Unidad Ciudadana o Cambiemos, es
porque, en la práctica electoral, hasta ahora, marca tendencia pero, en teoría,
podría ocurrir que en la elección general no termine ocurriendo lo mismo que en
las PASO. Es más, no ha estado ocurriendo esto y el que más voto reunió en su
interna ha sumado algún punto más en la general. Pero esto, podría ocurrir a la
inversa, como ya dije.
Por
su parte, los candidatos a senadores se eligen por lista completa y a simple
pluralidad de votos. Nuevamente, dentro del partido/agrupación compiten
(deberían al menos competir) varios precandidatos a senadores. Los más votados
-como para presidente y vicepresidente-, serán los candidatos por ese
partido/agrupación y competirán con los candidatos de otros
partidos/agrupaciones.
Respecto
de los precandidatos a diputados, se establece un resultado distinto que los
anteriores, ya que, por distrito nacional, cada agrupación política aplicará el
sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria
o el reglamento de la alianza partidaria. Quiere decir, que las listas a
diputados nacionales quedarán conformadas tanto por la lista ganadora
nominalmente de la interna partidaria como por los perdedores en una proporción
que cada partido, previamente, ha dispuesto en su carta orgánica.
Hecho
todo esto, viene la PROCLAMACIÓN de
los candidatos electos. Es el momento de la metamorfosis: de precandidato
pasaste a candidato. En el camino habrán quedado precandidatos devenidos en la
nada misma y escucharás una de las frases hechas para la ocasión: el que gana conduce,
el que pierde apoya. Cosa que, luego, no necesariamente ocurre.
Los
partidos/agrupaciones solamente podrán llevar como candidatos a los que
resultaron electos en cada categoría en la elección primaria, a excepción hecha
de renuncias, fallecimientos o incapacidades, para lo cual están los suplentes.
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Solamente
podrán participar de la elección general (la de en serio), las agrupaciones
políticas que en la elección de senadores y diputados nacionales hayan obtenido
COMO
MÍNIMO un total de votos considerando TODAS LAS
LISTAS INTERNAS, igual o superior al 1,5 por
ciento de los votos VÁLIDAMENTE emitidos en el DISTRITO en que se esté presentando. Es el famoso PISO que habilita -o no- a participar de la elección general
(y ya no te digo que es la elección en serio).
Mientras
tanto, para la categoría de presi y vice, se requiere contar con el 1,5 por
ciento de los votos VÁLIDAMENTE
emitidos en TODO el territorio nacional.
¿Cuáles
son los votos VÁLIDOS? Los conocemos, también, como votos positivos. Todos los
votos que no se hayan emitido en BLANCO (cuando el sobre estuviere vacío o con
papel de cualquier color sin inscripciones ni imagen alguna); se anulen (ANULADOS
por motivos varios) o no hayan sido IMPUGNADOS (temas de
identidad del elector), son los votos válidos. Los votos recurridos, quedan a
criterio de la autoridad electoral, validando o invalidando según análisis
individual.
¿Qué
importancia tiene esto? Que si votás en blanco en las PASO a un partido nuevo o
chico, no se tomarán los votos en BLANCO, NULOS ni IMPUGNADOS para el cálculo
del piso del 1,5%, sea sobre los votos
del distrito (legisladores) , sea sobre los votos en todo el territorio
nacional (presidente y vicepresidente). Con lo que, si querés impulsar uno de
estos partidos, debés votar en positivo. Es más, si querés votar en blanco a
alguno de los partidos/agrupaciones inmersos en la grieta como expresión de insatisfacción
(seguramente los votaste en elecciones pasadas), tu mejor voto protesta es
votar positivamente por un partido/agrupación que esté pujando por entrar al
ruedo electoral y ello dentro de tus preferencias ideológicas.
Hasta
aquí, el funcionamiento del sistema. En próxima entrega, desarrollaré el VOTO
COMPLEJO, aquel de alguien no satisfecho con las opciones que se nos están imponiendo como estrategia electoral de dos candidatos más repudiados que
amados y que, por el juego numérico, uno de ellos lleva las de ganar, especialmente
porque sus posiciones (declamadas o conductuales) hacia ciertos temas no te
terminan de convencer para votarlos.
Lejos de desanimarte y votar en manada, tu
voto puede constituir una diferencia a lo que se nos trata de imponer.
HASTA
LA PRÓXIMA
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